Un agente químico es cualquier elemento o compuesto químico, por sí solo o mezclado, tal como se presenta en estado natural o es producido, utilizado o vertido (incluido el vertido como residuo) en una actividad laboral, se haya elaborado o no de modo intencional y se haya comercializado o no.
Existen millones de productos químicos, y muchos de ellos son peligrosos para nuestra salud. Podemos encontrarlos en forma de sustancias simples (Ej. gasolina, cloro, ácido sulfúrico, amianto, etc.) o mediante mezclas o disoluciones de dos o más sustancias llamados, también, preparados.
Producto químico peligroso es aquel que puede representar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores o para el medio ambiente debido a sus propiedades fisicoquímicas, químicas o toxicológicas, y a la forma en que se utiliza o se halla presente en el lugar de trabajo (Real Decreto 374/2001). Como estos agentes en contacto con el organismo pueden ocasionar daños, también se les conoce con el nombre de productos tóxicos.
Un agente químico es peligroso, no solo por sus propiedades, sino también:
- por la forma en que se utiliza (polvo, aerosol, líquido..), o
- por la forma en que se halla presente en el lugar de trabajo (utilizar agua a temperatura ambiente puede no ser un riesgo pero si se calienta a más de 100 ºC, resulta peligroso el contacto con el líquido o con el vapor).
La normativa utiliza el término de agente químico para hacer referencia a la mera presencia, en el medio laboral, de productos, subproductos, preparados, residuos, sustancias químicas.
Los contenidos de esta sección son:
El Reglamento sobre Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas (REAL DECRETO 363/1995) establece que se considerarán peligrosas para el hombre y el medio ambiente, las siguientes sustancias y preparados químicos.
![]() | Explosivos (E): R2-R3 Las sustancias y preparados sólidos, líquidos, pastosos o gelatinosos que, reaccionan violentamente con la acción de una llama, del calor, de un choque o del rozamiento y provocan una explosión. Pueden ser la causa de accidentes y de quemaduras graves. |
![]() | Comburentes (O): R7-R8-R9 Las sustancia o producto que alimenta la combustión de una sustancia inflamable. En la mayoría de los casos es el oxígeno del aire, pero en otras ocasiones es un agente que contiene oxígeno por ejemplo: nitratos, cloratos y peróxidos. |
![]() | Inflamables (F): R10 Los sólidos, líquidos y gases que pueden inflamarse con el aire y continuar ardiendo. Fácilmente inflamables: R11-R15-R17 Las sustancias y preparados que puedan calentarse e inflamarse en el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía, o los sólidos que puedan inflamarse fácilmente tras un breve contacto con una fuente de inflamación y que sigan quemándose o consumiéndose una vez retirada dicha fuente, o los líquidos cuyo punto de ignición sea muy bajo, o que en contacto con el agua o con el aire húmedo desprendan gases extremadamente inflamables en cantidades peligrosas. Extremadamente inflamables: R-12 Las sustancias y preparados líquidos que tengan un punto de ignición extremadamente bajo y un punto de ebullición bajo, y las sustancias y preparados gaseosos que, a temperatura y presión normales, sean inflamables en contacto con el aire. |
![]() | Corrosivos (C): R34-R35 Las sustancias y preparados que en contacto con tejidos vivos puedan ejercer una acción destructiva de los mismos. |
![]() | Irritantes (Xi): R36-R37-R38-R41 Las sustancias y preparados no corrosivos que en contacto breve, prolongado o repetido con la piel o las mucosas puedan provocar una reacción inflamatoria. Nocivos (X): R20-R21-R22-R65-R68/ruta de exposición-r48/ruta de exposición Las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte. Sensibilizantes: R42-R43 Las sustancias y preparados que por inhalación o penetración cutánea puedan ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de forma que una exposición posterior a esa sustancia o preparado dé lugar a efectos negativos característicos. |
![]() | Tóxicos (T): R23-R24-R25-R39/ruta de exposición-R48/ruta de exposición Las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea en pequeñas cantidades puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte. Muy tóxicos: R26-R27-R28-R39/ruta de exposición Las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea en muy pequeña cantidad puedan provocar efectos agudos o crónicos e incluso la muerte. |
![]() ó ![]() | Carcinogénicos: R40-R45-R49 Las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir cáncer o aumentar su frecuencia. Mutagénicos: R46-R68Las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su frecuencia. Tóxicos para la reproducción: R60-R61-R62-R63 Las sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir efectos negativos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos, o afectar de forma negativa a la función o a la capacidad reproductora. |
![]() | Peligrosos para el medio ambiente (N): R50-R51-R52-R53-R54-R55-R56-R57-R58-R59 Las sustancias y preparados que presenten o puedan presentar un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente. |
SISTEMA GLOBAL ARMONIZADO
La clasificación y los requisitos de etiquetado del RD 363/1995 serán muy pronto sustituidos por un Reglamento para aplicar el Sistema Mundialmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (UNECE, 2005) o SGA (GHS en sus siglas en inglés). El Reglamento REACH requiere este Sistema Globalmente Armonizado de Naciones Unidas para clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Algunos de los términos cambiarán en el futuro una vez que aplique el GHS.
La propuesta GHS Introducirá nuevos criterios de clasificación, nuevos pictogramas y nuevas frases de etiquetado, además de tener en cuenta los elementos que ya forman parte de la normativa europea.
El GHS especifica las categorías 1A, 1B y 2 para la clases de peligro carcinogénicas, mutagénicas y tóxicas para la reproducción (CMR) en lugar de las categorías 1, 2 y 3 que establece el RD 363/1995.
Para los efectos agudos, el GHS establece 5 categorías, que reemplazarán las 3 categorías que existen en la actualidad de muy tóxico, tóxico y nocivo (T+, T y Xn).
El GHS además, diferencia entre exposición por vía cutánea, oral y por inhalación.
El GHS además, diferencia entre exposición por vía cutánea, oral y por inhalación.
Sin embargo , el GHS sólo cubre los efectos de la toxicidad sobre el medio acuático (3 categorías para la toxicidad aguda y 4 para la crónica), mientras que la clasificación de la UE considera los efectos tóxicos sobre el medio acuático y terrestre, efectos negativos sobre fauna, flora y los organismos del suelo, también incluye una frase de riesgo indicativa del peligro del producto sobre la capa de ozono.
Los nuevos pictogramas del GHS son:

NTP 726: Clasificación y etiquetado de productos químicos: sistema mundialmente armonizado (GHS).
REACH exige una clasificación armonizada obligatoria para:
- Carcinógenos
- Mutágenos
- Tóxicos para la Reproducción
- Sensibilizantes respiratorios
La Agencia Europea de sustancias químicas (ECHA) creará y mantendrá en forma de base de datos On-line, un catálogo de clasificación y etiquetado.
Este catálogo garantizará la clasificación de TODAS las sustancias peligrosas fabricadas o importadas en la Unión Europea y esta información estará a disposición de TODOS LOS INTERESADOS y se eliminarán DIVERGENCIAS ENTRE CLASIFICACIONES DE UNA MISMA SUSTANCIA, con la cooperación entre los notificantes y los titulares de registros, o con la armonización comunitaria.
Este GHS entró en vigor en julio del 2008 y va a existir un periodo de transición para sustancias individuales, en el cual convivirán ambos sistemas de clasificación hasta el 1 de diciembre del 2010. Para mezclas, este periodo de transición se extenderá hasta enero del 2015, momento en el cual, el actual sistema de clasificación y etiquetado de la UE dejará de existir.
Durante este periodo de transición ambos sistemas de clasificación (Clasificación y etiquetado de la UE y GHS) serán aplicables.
Consulta:
ResponderEliminar¿El Decreto Real 363 en que parte del mundo aplica, es estandarizado a nivel mundial o aplica solo a un grupo de países?
¿Qué significan las R asignadas a cada sustancia? Ejemplo, R7.
Esperando tus comentarios, saludos cordiales.
SIEMPRE SE TIENE QUE TENER PRESENTE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN A SEGUIR SOBRE TODO EN LOS RIESGOS QUÍMICOS
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